El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) otorga cobertura adicional a los afiliados regulares del Seguro Social de Salud que desempeñan actividades de alto riesgo determinadas por Decreto Supremo (Ley N° 26790, art. 19). Es obligatorio y financiado íntegramente por la entidad empleadora, que actúa como contratante. Las actividades de riesgo están enumeradas en el Anexo 5 del Reglamento (DS N° 009-97-SA) y las normas técnicas en el DS N° 003-98-SA.
El SCTR comprende dos coberturas: prestaciones de salud por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y pensiones (invalidez, sobrevivencia y sepelio) derivadas de esos riesgos. La contratación es libre:
En el sistema EsSalud/EPS, el aporte de los afiliados en actividad es el 9% de la remuneración (a cargo del empleador) y el de los pensionistas el 4% de la pensión (a su cargo). Las EPS son entidades públicas o privadas distintas de EsSalud, supervisadas por SUSALUD (arts. 13-14). El empleador que da cobertura vía servicios propios o EPS goza de un crédito del 25% de sus aportes, con tope del 10% de la UIT por trabajador; el plan y la EPS se eligen por mayoría absoluta (votación universal). Esa cobertura no puede excluir preexistencias ni ser inferior al Plan Mínimo, y los copagos no superan el 2% ambulatorio / 10% hospitalización. Para acceder a prestaciones se exigen 3 aportes consecutivos o 4 no consecutivos en 6 meses (en accidente basta la afiliación); el subsidio por incapacidad corre desde el día 21 hasta un máximo de 11 meses y 10 días.
La preexistencia es toda alteración de salud diagnosticada por médico colegiado, conocida por el asegurado y no resuelta antes de la declaración jurada (DS N° 008-2010-SA). El seguro de accidentes personales es un seguro de personas (Ley N° 29946): cubre un accidente externo, súbito, violento, fortuito e involuntario, con muerte accidental, invalidez permanente (total o parcial según baremo) y gastos de curación/asistencia médica.
1. Respecto del financiamiento del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), ¿a quién corresponde asumir el pago de la prima?
El SCTR es un seguro obligatorio de cargo íntegro de la entidad empleadora que realiza actividades de alto riesgo; el trabajador no aporta a su financiamiento. (Ley N° 26790, art. 19)
2. El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) otorga cobertura adicional a los trabajadores expuestos a actividades de alto riesgo. ¿Qué dos coberturas comprende de manera conjunta?
El SCTR comprende dos coberturas complementarias: prestaciones de salud por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, y pensiones de invalidez, sobrevivencia y sepelio derivadas del mismo riesgo. (Ley N° 26790, art. 19; DS N° 003-98-SA)
3. La cobertura de salud del SCTR puede contratarse, a elección de la entidad empleadora, con...
La ley faculta a contratar la cobertura de salud del SCTR con EsSalud o con una EPS; la ONP y las aseguradoras corresponden a la cobertura de pensión, no a la de salud. (Ley N° 26790, art. 19 inciso a))
4. La cobertura de pensión del SCTR (invalidez, sobrevivencia y sepelio) puede contratarse, a elección de la entidad empleadora, con...
La norma habilita, para la cobertura de pensión del SCTR, la contratación con la ONP o con empresas de seguros acreditadas; las AFP no forman parte de este esquema. (Ley N° 26790, art. 19 inciso b))
5. Una empresa minera contrató la cobertura de pensión del SCTR con la ONP. Uno de sus trabajadores sufre un accidente de trabajo que le genera invalidez permanente total. ¿Quién debe otorgarle la pensión de invalidez correspondiente?
Al haberse contratado la cobertura de pensión del SCTR con la ONP, es esta entidad la obligada a otorgar la pensión de invalidez; la EPS solo interviene en la cobertura de salud. (Ley N° 26790, art. 19 inciso b))
6. Un trabajador con remuneración mensual de S/ 2,500 sufre un accidente de trabajo cubierto por el SCTR y la comisión médica determina un menoscabo de 66.66%, calificado como invalidez total permanente. Conforme a las Normas Técnicas del SCTR, ¿a cuánto asciende su pensión mensual?
La invalidez total permanente (menoscabo igual o mayor a 66.66%) da derecho a una pensión del 70% de la remuneración mensual (70% × S/ 2,500 = S/ 1,750); S/ 1,250 corresponde al 50% de la invalidez parcial y S/ 1,666.50 a aplicar el propio porcentaje de menoscabo como tasa. (DS N° 003-98-SA (Normas Técnicas del SCTR))
7. ¿Cuál de las siguientes prestaciones NO forma parte de la cobertura de pensión del SCTR?
El subsidio por incapacidad temporal es una prestación económica de EsSalud previa al SCTR, no un componente de la cobertura de pensión del SCTR, que comprende invalidez, sobrevivencia y sepelio. (Ley N° 26790, art. 19; art. 12 inciso a))
8. Las actividades calificadas como de alto riesgo cuya realización obliga a la entidad empleadora a contratar el SCTR se encuentran listadas en...
El listado de actividades de alto riesgo que obligan a contratar el SCTR está contenido en el Anexo 5 del DS N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley 26790. (DS N° 009-97-SA, Anexo 5)
9. Si la remuneración mensual asegurable de un trabajador cubierto por el SCTR es de S/ 2,000, ¿cuánto más percibiría mensualmente por concepto de pensión si su invalidez se calificara como total permanente, en comparación con si se calificara como parcial permanente?
La pensión por invalidez total permanente equivale al 70% de la remuneración (S/ 1,400) y la parcial permanente al 50% (S/ 1,000); la diferencia entre ambas es S/ 400. Las demás cifras resultan de aplicar tasas o restas incorrectas. (DS N° 003-98-SA (Normas Técnicas del SCTR))
10. ¿Cuál es el período máximo, consecutivo, durante el cual se otorga el subsidio por incapacidad temporal antes de que nazca el derecho a la pensión de invalidez del SCTR?
El subsidio por incapacidad temporal se otorga como máximo por 11 meses y 10 días consecutivos; vencido ese plazo, nace el derecho a la pensión de invalidez del SCTR. (Ley N° 26790, art. 12 inciso a) y art. 19, párrafo final)
11. Un trabajador sufre un accidente de trabajo y comienza a recibir el subsidio por incapacidad temporal de EsSalud. Su incapacidad se prolonga y agota el período máximo cubierto por dicho subsidio, sin que recupere su capacidad laboral. ¿En qué momento nace su derecho a la pensión de invalidez del SCTR?
El derecho a la pensión de invalidez del SCTR se inicia una vez vencido el período máximo del subsidio por incapacidad temporal cubierto por EsSalud; el día 21 solo marca el inicio del subsidio, no de la pensión. (Ley N° 26790, art. 19, párrafo final)
12. Una empresa que realiza una actividad calificada como de alto riesgo omite contratar el SCTR para sus trabajadores. Uno de ellos sufre un accidente de trabajo que le produce invalidez permanente. ¿Cuál es la consecuencia correcta respecto de las prestaciones que hubiera cubierto el SCTR?
Al ser el SCTR obligatorio para las actividades de alto riesgo, si la entidad empleadora omite contratarlo, debe asumir directamente el costo de las prestaciones que dicho seguro habría cubierto. (Ley N° 26790, art. 19; DS N° 003-98-SA (naturaleza obligatoria del SCTR))
13. Un trabajador con remuneración mensual de S/ 1,800 sufre un accidente de trabajo cubierto por el SCTR; la comisión médica determina un menoscabo de 55%, calificado como invalidez parcial permanente. Conforme a las Normas Técnicas del SCTR, ¿a cuánto asciende su pensión mensual?
La invalidez parcial permanente (menoscabo entre 50% y 66.66%) da derecho a una pensión del 50% de la remuneración mensual (50% × S/ 1,800 = S/ 900); S/ 1,260 aplica la tasa del 70% de la invalidez total y S/ 990 usa el propio menoscabo (55%) como tasa. (DS N° 003-98-SA (Normas Técnicas del SCTR))
14. Conforme a la definición aplicable al seguro de accidentes personales, un accidente es un acontecimiento...
La definición de accidente exige que el acontecimiento sea externo, súbito, violento, fortuito e involuntario; las demás opciones alteran alguno de estos elementos esenciales (interno/gradual, previsible, voluntario). (Condiciones generales de la póliza de accidentes personales (modelo SBS))
15. Dentro de la clasificación de los seguros regulados por la Ley del Contrato de Seguro, el seguro de accidentes personales se ubica como un seguro de...
El seguro de accidentes personales es un seguro de personas, ya que ampara la vida, la integridad física y la salud del asegurado frente a las consecuencias de un accidente. (Ley N° 29946 (Ley del Contrato de Seguro))
16. ¿Qué norma regula actualmente el contrato de seguro de accidentes personales en el Perú?
El contrato de seguro de accidentes personales, como todo contrato de seguro de personas, se rige por la Ley N° 29946, Ley del Contrato de Seguro.
17. ¿Desde qué fecha se encuentra vigente la Ley N° 29946, Ley del Contrato de Seguro, aplicable al seguro de accidentes personales?
La Ley del Contrato de Seguro, Ley N° 29946, está vigente desde el 27 de mayo de 2013.
18. ¿Cuáles son las coberturas típicas de un seguro de accidentes personales?
Las coberturas típicas del seguro de accidentes personales son muerte accidental, invalidez permanente (total o parcial, según baremo) y gastos de curación o asistencia médica derivados del accidente. (Ley N° 29946)
19. Un asegurado con póliza de accidentes personales sufre un infarto mientras conduce, lo que provoca que pierda el control del vehículo, choque y fallezca. ¿La muerte queda amparada como accidente bajo dicha póliza?
La definición de accidente exige una causa externa al organismo; al ser el infarto un evento interno, la muerte no califica como accidental aunque haya derivado en un choque. (Condiciones generales de la póliza de accidentes personales (modelo SBS); Ley N° 29946 (régimen del contrato))
20. En el seguro de accidentes personales, el grado de invalidez permanente indemnizable se determina conforme a...
La indemnización por invalidez permanente en accidentes personales se calcula aplicando un baremo (tabla de porcentajes según la lesión) previsto en la póliza, distinto de los procedimientos de calificación de la ONP o de EsSalud. (Ley N° 29946; condiciones de la póliza de accidentes personales (baremo de invalidez))
21. Respecto de la invalidez permanente total y la invalidez permanente parcial en un seguro de accidentes personales, ¿cuál es la afirmación correcta?
El baremo de invalidez del seguro de accidentes personales es propio del condicionado de cada póliza y no está atado a los umbrales de menoscabo (50% y 66.66%) de las Normas Técnicas del SCTR, que corresponden a un régimen distinto. (Ley N° 29946; DS N° 003-98-SA (para contraste con el régimen del SCTR))
22. ¿Cuál de las siguientes NO es una cobertura típica del seguro de accidentes personales?
La pensión de jubilación por años de servicio corresponde al sistema previsional (ONP o AFP), no a las coberturas propias del seguro de accidentes personales, que son muerte accidental, invalidez permanente y gastos de curación. (Ley N° 29946)
23. Un trabajador independiente, sin relación laboral de dependencia, contrata voluntariamente un seguro de accidentes personales. En su domicilio, se cae de una escalera y sufre una fractura que deriva en invalidez permanente parcial. ¿Corresponde el pago de la indemnización pactada?
El seguro de accidentes personales ampara cualquier accidente que cumpla la definición legal, sin requerir que se trate de un accidente de trabajo, a diferencia del SCTR, que sí exige vínculo laboral y actividad de alto riesgo. (Ley N° 29946)
24. Una empresa de alto riesgo tiene contratados el SCTR y, adicionalmente, una póliza colectiva de accidentes personales para sus trabajadores. Uno de ellos fallece en un accidente de tránsito ocurrido camino a su domicilio, fuera de su jornada y sin calificar como accidente de trabajo. ¿Qué cobertura debe operar para amparar dicho fallecimiento?
El SCTR ampara únicamente riesgos derivados del trabajo (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales); un accidente sin vínculo laboral queda fuera de su cobertura y correspondería, en su caso, a la póliza de accidentes personales contratada de forma independiente. (Ley N° 26790, art. 19 (ámbito del SCTR); Ley N° 29946 (ámbito del seguro de accidentes personales))
25. En el seguro de accidentes personales con cobertura de muerte accidental, la indemnización correspondiente...
Como en los seguros de personas en general, la indemnización por muerte accidental se paga al beneficiario libremente designado por el contratante o asegurado y no integra la masa hereditaria, salvo que no se hubiera designado beneficiario. (Ley N° 29946 (régimen del seguro de personas))
26. ¿Qué característica define la obligatoriedad del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) respecto de su financiamiento?
La Ley N° 26790 establece que el costo del SCTR es íntegramente asumido por la entidad empleadora, sin que pueda trasladarse al trabajador; las demás opciones plantean esquemas de financiamiento compartido o estatal que no corresponden a este seguro. (Ley N° 26790, art. 19)
27. Según la Ley N° 26790, ¿qué norma determina qué actividades económicas se consideran de riesgo para efectos de la obligatoriedad del SCTR?
El art. 19 de la Ley N° 26790 remite a un Decreto Supremo (desarrollado en el Anexo 5 del DS N° 009-97-SA) para determinar las actividades de riesgo; no se trata de una resolución de la SBS ni de un instrumento privado como el convenio colectivo o el reglamento interno. (Ley N° 26790, art. 19; DS N° 009-97-SA, Anexo 5)
28. ¿En qué norma específica se encuentra el listado (Anexo 5) de las actividades calificadas como de alto riesgo para efectos del SCTR?
El listado de actividades de riesgo (Anexo 5) se encuentra en el Reglamento de la Ley N° 26790, aprobado por DS N° 009-97-SA; el DS N° 003-98-SA contiene las normas técnicas del SCTR, pero no el listado de actividades. (DS N° 009-97-SA (Reglamento de la Ley N° 26790), Anexo 5)
29. Una empresa minera contrata el SCTR únicamente para el personal que trabaja directamente en el socavón, pero no para el personal administrativo que labora en las oficinas ubicadas en el mismo centro de trabajo (la unidad minera). ¿Esta práctica es correcta conforme a la normativa del SCTR?
Son asegurados obligatorios del SCTR la totalidad de los trabajadores del centro de trabajo donde se desarrolla la actividad de riesgo del Anexo 5, sean empleados u obreros; por ello no basta con asegurar solo al personal del socavón. El Seguro de Vida Ley es una cobertura distinta que no sustituye al SCTR. (DS N° 003-98-SA (Normas Técnicas del SCTR), art. 2 — asegurados obligatorios (trabajadores del centro de trabajo))
30. ¿Quién tiene la calidad de contratante (tomador) del SCTR frente a la entidad aseguradora o EsSalud/EPS y ONP, según la Ley N° 26790?
La entidad empleadora que desarrolla la actividad de riesgo es quien tiene la calidad de contratante del SCTR; el trabajador es el asegurado, no el contratante. (Ley N° 26790, art. 19)
31. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente el rol del empleador como contratante del SCTR en cuanto a la elección del asegurador?
Conforme al art. 19 incisos a) y b) de la Ley N° 26790, el empleador, como contratante, elige libremente entre EsSalud o una EPS para la salud, y entre la ONP o una empresa de seguros para las pensiones; no existe una entidad única obligatoria ni elección individual del trabajador. (Ley N° 26790, art. 19 incisos a) y b))
32. Una empresa de intermediación laboral destaca trabajadores a una empresa usuaria dedicada a la construcción civil, actividad calificada como de riesgo. ¿Sobre quién recae la obligación de contratar el SCTR para dicho personal destacado?
La obligación de contratar el SCTR recae sobre la entidad empleadora de los trabajadores destacados —la empresa de intermediación laboral—, aun cuando la actividad de riesgo se ejecute en las instalaciones de la usuaria; esta última solo tiene el deber de verificar el aseguramiento y de contratarlo por cuenta propia si aquella no lo hizo. (DS N° 003-98-SA (Normas Técnicas del SCTR), art. 5 — aseguramiento de trabajadores destacados por empresas de intermediación o servicios)
33. ¿Cuál de las siguientes actividades económicas se encuentra comprendida entre las actividades de riesgo que obligan a contratar el SCTR, conforme al Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790?
La construcción figura entre las actividades calificadas como de riesgo en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790; las actividades financieras, la enseñanza y la asesoría legal no están comprendidas en dicho listado. (DS N° 009-97-SA (Reglamento de la Ley N° 26790), Anexo 5)
34. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el SCTR NO es correcta?
Es incorrecto afirmar que el costo del SCTR puede trasladarse al trabajador, pues la ley establece que es íntegramente de cargo de la entidad empleadora; las demás afirmaciones sí reflejan correctamente el régimen del SCTR. (Ley N° 26790, art. 19)
35. ¿Qué consecuencia genera, para la entidad empleadora obligada, el hecho de no haber contratado el SCTR para un trabajador que sufre un accidente de trabajo mientras realiza una actividad de riesgo?
Cuando la entidad empleadora obligada no contrata el SCTR, asume directamente frente al trabajador el costo de las prestaciones que hubiera cubierto el seguro; el trabajador no pierde su derecho ni EsSalud u ONP asumen dicha responsabilidad de oficio. (Ley N° 26790 y su Reglamento (DS N° 009-97-SA) — responsabilidad del empleador obligado no asegurado)